El Decreto 3390
"En Diciembre del año 2004 El Poder Ejecutivo Nacional aprobó en Gaceta Oficial N. 38095 de la República Bolivariana de Venezuela el Decreto 3390, mediante el cual se dispone que la Administración Pública Nacional (APN) empleará prioritariamente Software Libre (SL) desarrollado con Estándares Abiertos, en sus Sistemas, Proyectos y Servicios Informáticos." [1]Adicionalmente el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias (MCTI) publicó en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N. 39633, de fecha 14/03/2011, tres Resoluciones sobre Tecnologías de Información (TI) Libres:
- Uso de Canaima GNU/Linux en estaciones de trabajo de órganos y entes de la Administración Pública (Resolución N. 025)
- Accesibilidad de portales Web de la Administración Pública (Resolución N. 026)
- Facilitadores Comunitarios (Resolución N. 027)
Como es de imaginarse, gran parte de los esfuerzos se han hecho en la administración pública, sin embargo muchas empresas privadas han comenzado a migrar sus plataforma tecnológicas por temas económicos, bien sea para reducir costos o para vender soporte a otras empresas. Cualquiera sea el caso, Venezuela está viviendo una etapa muy productiva en materia de software libre, esperemos que siga así.
Referencias
[1] Academia de Software Libre. Decreto 3390. http://asl.mct.gob.ve/...
[2] Centro Nacional de Tecnologías de Información. Conoce cómo cumplir Resoluciones en TI Libres. http://www.cnti.gob.ve/...
[3] Royal Pingdom. The top 20 strongholds for desktop Linux. http://royal.pingdom.com/...
[4] Canaima GNU/Linux. http://canaima.softwarelibre.gob.ve/
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